domingo, 10 de febrero de 2013
sábado, 9 de febrero de 2013
SME: el mito de la fuerza mayor
La Jornada
Arturo Alcalde Justiniani
Sábado 9 de febrero de 2013
La reciente decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante su segunda sala en el caso de Luz y Fuerza del Centro (LFC) no debe pasar como una resolución más que consolide la arbitrariedad con que se ha conducido el gobierno federal desde aquel 10 de octubre de 2009, cuando optó por hacer a un lado la ley y acudir a la vía del desalojo nocturno para dejar en la calle, sin negociación previa, a más de 44 mil trabajadores.
Debe importar y mucho, conocer las razones que tuvo nuestro máximo tribunal de justicia para emitir un criterio que no sólo afecta a los trabajadores electricistas, sino que crea un precedente negativo para el futuro de los trabajadores, especialmente aquellos que prestan sus servicios en otros organismos descentralizados del Estado.
Al revocar la decisión del segundo tribunal colegiado en materia de trabajo del primer circuito, la Corte sostuvo que se actualizó una causa de “fuerza mayor” que dio motivo a la terminación de las relaciones individuales y colectivas de trabajo, afirmando que dicha causa fue precisamente el decreto de extinción de LFC, emitido por Felipe Calderón el 11 de octubre de 2009. Por lo visto, ahora la fuerza mayor ya no es un factor externo e involuntario como se había entendido siempre. También deja de tener vigencia la ley laboral que señala que la “fuerza mayor” no debe ser imputable al patrón. Ahora el Ejecutivo federal se considerará patrón sólo cuando convenga.
El segundo tribunal colegiado había sostenido –con razón– que no se había actualizado una causa de “fuerza mayor”, en virtud de que en los propios considerandos del decreto de extinción se había señalado con toda claridad que el motivo era de carácter económico, por lo que, atendiendo a lo señalado en el artículo 434 de la Ley Federal del Trabajo, debió desahogarse otro tipo de procedimiento para definir la situación laboral. Este incluye el análisis previo de la autoridad y el cumplimiento de las reglas propias de un conflicto colectivo de naturaleza económica, esto es, a través de un dictamen que pudiera definir cuáles son los cambios que requiere el centro de trabajo.
Si el gobierno federal hubiera actuado con responsabilidad y apego a la ley, debió primero cumplir con los requisitos que se le imponían. Sin embargo, optó por ignorar la norma y prefirió el golpe espectacular, confiando en que los trabajadores aceptarían en el corto plazo sus liquidaciones, y con ello, obtendría un “triunfo” político para la administración calderonista por decidida y valiente. Otra finalidad de la que poco se habla se refiere a las enormes ganancias generadas mediante la participación de grandes empresas privadas, quienes en el caso de CFE, asumieron vía subcontratación el jugoso negocio que dejaba la entidad extinguida (LFC). Basta observar la degradación de las relaciones de trabajo y las gigantescas ganancias transferidas por la vía de la adjudicación directa a empresarios privados que realizan esas labores, especialmente en el centro del país. No hay ningún indicio serio de modernización en el sector, como lo argumentó el gobierno sino, por el contrario, una complacencia creciente a los vicios y corruptelas que envuelven hoy en día, a la Comisión Federal de Electricidad y a su sindicato. Ello demuestra que el discurso modernizador fue falso, como lo ha sido la privatización de la banca, de los ingenios azucareros, de las carreteras y de las aerolíneas.
Se ha sostenido, con razón, que la Corte incurrió también en una contradicción mayúscula con otra sentencia dictada por el pleno de la misma, al resolver el amparo planteado por el sindicato electricista respecto de la inconstitucionalidad del decreto de extinción. Este alto tribunal concluyó que éste no había tenido por efecto la disolución del vínculo laboral y que el tema de la sustitución patronal debía ser resuelto por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Por otro lado, resultó extraño que la Corte hubiese admitido la revisión de la sentencia dictada por el tribunal colegiado que había dado la razón a los trabajadores en una resolución impecable, fundada en la ley y en los criterios de la propia Corte. Era evidente que el máximo tribunal no debió admitir la revisión del caso, pues se trataba de un tema de estricta legalidad y no de interpretación constitucional. Fue necesario forzar tanto la argumentación que el presidente de la Corte, al admitir el recurso el 29 de octubre de 2012, alegó que la decisión de dicho tribunal colegiado se refirió a un contexto constitucional, al tenor del cual implícitamente se abordó la problemática relativa a la terminación de las relaciones colectivas e individuales de trabajo. Este criterio tan amplio, fundado en referencias de contexto y de implicaciones implícitas, contrasta con el sostenido por la propia Corte meses atrás, con motivo de la revisión solicitada por el sindicato nacional minero, a partir de que un tribunal colegiado, había decidido por mayoría avalar también por causas de “fuerza mayor” la terminación de la huelga, el contrato colectivo y las relaciones individuales de trabajo de la empresa minera Cananea. La Corte, en ese caso, no aceptó la revisión y las causas de “fuerza mayor” quedaron en ridículo días después, cuando esta empresa minera abrió sus puertas, con otro sindicato de corte cetemista y en condiciones de trabajo sensiblemente inferiores.
En el caso de los electricistas existe la hipótesis de que la Corte emitió su resolución fundándose en criterios pragmáticos, esto es, no tanto por razones de carácter legal o constitucional, sino por el costo financiero que hubiese significado reparar a los trabajadores el daño causado, es decir, pago de salarios, reinstalaciones, etcétera. No parece descabellada esta posibilidad. Cada vez es más frecuente que el gobierno pretenda convencer a los jueces de enmendar sus errores con el argumento de que se ocasionaría una afectación mayor para el erario. En otras palabras, solicitar que la Judicatura sacrifique su prestigio para legitimar los abusos gubernamentales. Si así fuera, cabe preguntarnos dónde quedó el estado de derecho y si no es demasiado alto el precio que se está pagando en el país por seguir postergando su fortalecimiento.
La SCJN contra el SME
La Jornada
José Antonio Almazán
Viernes 8 de febrero de 2013
Todos lo saben pero muchos lo callan. La orden para desamparar al SME y negarle el patrón sustituto vino de Los Pinos, de la Presidencia de la República. Lo van a negar, esa es la costumbre oficial para intentar encubrir las infamias de los poderosos. En los planes de EPN está avanzar aceleradamente en la privatización del petróleo y la electricidad y el SME es un obstáculo imbatible. Sus tres años y dos meses de heroica resistencia lo han convertido en un icono ejemplar de la resistencia civil y pacífica frente a decenas de millones de mexicanos que sufren y luchan en contra del criminal modelo neoliberal. La sentencia de la SCJN lleva el mensaje implícito de los señores del dinero, de las trasnacionales y sus asociados mexicanos: para qué luchan, no van a ganar. Pero se equivocan. Mucho hemos aprendido en estos trágicos más de 30 años de neoliberalismo. El primer requisito para ganar es saber resistir, y eso ha hecho el SME.
No les han bastado las ruinas en que han convertido a México. Son insaciables y en estos días presentarán sus iniciativas para terminar de apoderarse de Pemex y su renta petrolera, encubiertos en una supuesta modernización y mayor competitividad, cuando la opinión pública sabe muy bien que la extracción de un barril de petróleo cuesta 10 dólares y se cotiza a más 100, pero la ganancia se la lleva el gobierno para no tocar las fortunas de los poderosos hombres de negocios y no cargarles impuestos. En el caso de la industria eléctrica, CFE avanza rápidamente hacia su ruina a partir del enorme control que las trasnacionales eléctricas han logrado en el campo de la generación eléctrica, vendiéndole energía cara a CFE con ya más de 12 años de pérdidas crecientes en sus resultados de explotación. Terminará convertida en una sucursal de cobro de las empresas eléctricas extranjeras a costo de más de 30 millones de hogares mexicanos que pagan precios exorbitantes por la electricidad más cara del planeta.
Quieren hacer de CFE un cascarón encargado de administrar un servicio público a costa del pueblo y en beneficio de un puñado de empresas trasnacionales. El nuevo PRI prepara ya sendas iniciativas para legalizar la privatización a través de empresas privadas propietarias de tramos de la cadena productiva eléctrica: empresas privadas generadoras, otras para la transmisión, distribución y comercialización. Ya se frotan las manos políticos y funcionarios del PRI con el pingüe negocio que les representarán sus empresas contratistas, sin importarles el pésimo servicio y las tarifas eléctricas caras. ¡Ah!, faltaba comentar la privatización de la fibra óptica de CFE y LFC en el multimillonario negocio del triple play.
Para todo eso estorba el SME, y la SCJN se prestó a la infamia de golpear a uno de los sindicatos más antiguos y democráticos de México. Precursor del artículo 123 constitucional y forjador del México moderno, con uno de los contratos colectivos de trabajo que mejor resume conquistas obreras de decenas de años, hoy estorbo para la esclavizante nueva Ley Federal del Trabajo.
En México los poderosos se acostumbraron a que sus decisiones y fallos son inapelables, inatacables, para someter al pueblo y sus trabajadores. Pero eso se está acabando. El descontento social en contra de las infamias del poder y el criminal neoliberalismo ha crecido y crecerá en los próximos años y al SME le ha tocado por su tradición histórica democrática y nacionalista encarar una de las luchas más desiguales en la historia de las luchas populares y obreras. Y consecuente con sus principios y la dignidad de miles de hombres y mujeres electricistas que no se han liquidado frente a las migajas del poder, llevará su demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, esperando en los tribunales internacionales lo que se le ha negado en México: justicia laboral. Impugnará con todos los recursos jurídicos que encuentre la infame sentencia de la SCJN, para exhibirla como lo que realmente es: un instrumento en beneficio de los poderosos y del gobierno en turno.
En los planes del gobierno está finalmente extinguir al SME. A sus cuentas, si ya no hay trabajadores buscarán retirarnos el registro como organización sindical, para que el castigo sea ejemplar, para que el pueblo de México sepa que frente a las infamias de los poderosos no se puede hacer nada. Pero eso está por verse. No puedo hablar por todos, pero sí puedo hablar por muchos. ¡No nos vamos a rendir! ¡La lucha sigue!
Los derechos laborales son irrenunciables
Pese a los galimatías de la Corte
Revista SiempreMartín Esparza Flores
9 febrero, 2013
Revista SiempreMartín Esparza Flores
9 febrero, 2013
Las galimatías jurídicas originadas tras la inexplicable decisión de la Corte sobre el caso del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) no son digeridas por el más imberbe estudiante de Derecho en nuestro país y menos todavía pueden entenderse en el ámbito del sentido común del por qué los ministros pretenden hacer creer al país que los trabajadores deben claudicar a la defensa de sus derechos laborales a consecuencia de sus tendenciosas resoluciones, cuando estos se encuentran plenamente consagrados en la Constitución, y son irrenunciables.
Hipotéticamente si pusiéramos en un debate público a los ministros que cometieron la brutal canallada en contra de los trabajadores electricistas con los alumnos de la Facultad de Derecho de la UNAM, o cualesquiera de las escuelas de leyes del país, tenemos la plena seguridad que los integrantes de la Corte, no encontrarían en su depurada “técnica jurídica”, razones suficientes para explicar de dónde tomaron los argumentos legales para aniquilar lo consagrado con precisión en artículos como el primero y el 123 constitucionales.
Cabe recordarles que el 10 de junio del 2011, el Congreso de la Unión aprobó las reformas al artículo primero para que el concepto de “garantías constitucionales”, cambiara por el “de los derechos humanos y sus garantías”.
A partir de la reforma se reconoce en nuestra Ley Fundamental que toda persona “goza” de los derechos y de los mecanismos de garantías establecidos tanto por la Constitución como por los tratados internacionales. De tal forma que los cambios no dejaron lugar a duda alguna: los derechos humanos deben interpretarse a la luz de la propia Constitución.
En el párrafo tercero del artículo primero se establece “la obligación del Estado mexicano (en todos los niveles de gobierno, sin excepción), de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos”.
Y por si esto no fuera suficiente, para ilustrar en la materia de derechos fundamentales a los ministros, bastará recordarles que el artículo 123 establece el derecho y la garantía de todos los mexicanos a contar con un trabajo digno, bien remunerado con acceso a la seguridad social. Y los tratados internacionales como la Constitución misma establecen el derecho al trabajo como uno de los más sagrados derechos a que debe aspirar el ser humano para asegurar su subsistencia y la de su familia.
Ahora, la arbitraria e ilegítima pretensión de los integrantes del alto tribunal no sólo ignora y pisotea tales derechos sino que busca terminar con la relación laboral de los trabajadores del SME bajo la falacia de que no hay otro camino que el cobro de sus liquidaciones, a lo que en derecho y en el más lógico de los sentidos jurídicos cabe preguntarles: si a criterio de la Corte ya no está Luz y Fuerza del Centro como patrón, nosotros en nuestro sano juicio y en nuestro más estricto derecho no vamos a renunciar.
Cualquier estudiante de derecho se pregunta cómo lo hacemos nosotros, y los más avezados juristas del país, si la Corte le dio facultades al Ejecutivo para extinguir a Luz y Fuerza, entonces debe proceder que el alto tribunal faculte al presidente Enrique Peña Nieto para que nos despida por escrito, y que nos lo cumpla para de esta manera poder demandar el despido injustificado.
Como se aprecia, por el desaseo presentado en el dictamen de la Corte, la defensa de los derechos laborales y humanos de los trabajadores del SME aún tendrá que recorrer un amplio trecho, pues es contundente e innegable que los derechos laborales son irrenunciables; así lo establece la Constitución más allá de los fallos arbitrarios de los moralmente cuestionados ministros.
viernes, 8 de febrero de 2013
jueves, 7 de febrero de 2013
martes, 5 de febrero de 2013
SIGUE VIVA LA DEFENSA LEGAL DEL SME
A Pesar del Fallo en Contra de la Suprema Corte… !
Por Martín Esparza Flores
Conductor de Frecuencia Laboral y
Secretario General del Sindicato Mexicano de Electricistas
*En Proceso Otra Demanda por Despido Injustificado y Patrón Sustituto.
*Los Electricistas en Resistencia No Están Obligados a Liquidarse ni Hay Fecha Límite para Ello.
Por Martín Esparza Flores
Conductor de Frecuencia Laboral y
Secretario General del Sindicato Mexicano de Electricistas
Sigue viva la defensa legal de los electricistas en resistencia para el reconocimiento del patrón sustituto, su reinstalación y el pago de los salarios caídos, a pesar del fallo de la Suprema Corte, debido a que aún no se resuelve otra demanda del Sindicato Mexicano de Electricistas.
Eso se debe a que inmediatamente después de la ilegal extinción de Luz y Fuerza del Centro el SME interpuso una demanda laboral por despido injustificado “demandamos la reinstalación, la sustitución patronal y el pago de salarios caídos”, que se integró al expediente 1267/2009, la cual no ha sido resuelto y sigue en litigio.
El fallo de la Suprema Corte para negar que Comisión Federal de Electricidad es el patrón sustituto y está obligada a reinstalar a los electricistas en resistencia, del 30 de enero del 2013, corresponde a otra demanda que interpuso el gobierno federal, el cual solicitó mediante un procedimiento especial que se terminaran las relaciones de trabajo individuales y colectivas con los empleados de Luz y Fuerza del Centro. (Leer Noticia Relacionada: “ LA LEY LA SUPREMA CORTE NIEGA QUE CFE SEA PATRÓN SUSTITUTO DEL SME”) smesupremacortedictaminaraamparo2013.html
Continúa el procedimiento legal ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y que la propia Suprema Corte resuelva sobre el convenio de delimitación de zonas de operación de Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro, el Contrato Colectivo de Trabajo,
El conflicto también es social porque hay miles de trabajadores que le reclaman al gobierno una solución para tener una fuente de ingresos y mantener a sus familias. Para ello ya se concertó una reunión con las autoridades de la Secretaría de Gobernación.
Sin embargo, persiste la sombra del ex secretario del Trabajo y Previsión Social, el actual senador por el Partido Acción Nacional, Javier Lozano, quien pretenden influir negativamente paran evitar una solución favorable a los electricistas en resistencia, derivada de la negociación entre el Sindicato Mexicano de Electricistas y las autoridades del Gobernación, que actualmente pertenecen al PRI.
Los 16, 599 electricistas en resistencia no están obligados a liquidarse, una vez que interponen una demanda para su reinstalación, reconocimiento de patrón sustituto y pago de prestaciones y salarios caídos, el plazo para liquidarse no tienen límite de prescripción, es indefinido, hasta que se resuelva la demanda. Es decir, el plazo para la liquidación prescribirá hasta que el caso del SME sea cosa juzgada.
Por su parte de la Suprema Corte dejó de ser de Justicia y se convirtió en la Santa Inquisición para los trabajadores, porque los 5 ministros de la segunda sala, se atrevieron a negarle el derecho al trabajo a los electricistas en resistencia con una sentencia fuera del marco constitucional y de la Ley Federal del Trabajo.
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